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  • Verónica Delgado

El Jefe de Gobierno, Martí Batres informó que se publicó la nueva Ley Ambiental de la CDMX.

Ciudad de México.- El Jefe de Gobierno, Martí Batres Guadarrama, presentó el decreto publicado en la Gaceta Oficial capitalina por el que se expide la Ley Ambiental de la Ciudad de México y se abroga la Ley Ambiental de Protección a la Tierra, con el objetivo de regir las políticas públicas para la conservación, protección, aprovechamiento sustentable y restauración de los ecosistemas y la biodiversidad.


“El medio ambiente y el agua son temas fundamentales para la viabilidad de la Ciudad de México. Para nosotros es muy importante que lo que vamos haciendo en términos de obra de gobierno esté respaldado por reformas legislativas”, señaló.


Destacó la importancia de incluir el Artículo 159, contenido en el Capítulo VII. “El agua como bien público de la Ciudad de México”, que prohíbe la privatización del agua.


“Dice así: ‘Artículo 159: En la Ciudad de México está prohibida la privatización del agua en cualquier modalidad, así como los servicios que se derivan de su suministro y cobro, por lo que la gestión del agua es pública y sin fines de lucro’. Este artículo me da mucho, mucho, mucho gusto, ya nada más con este artículo, no es el único, pero ya nada más con este, para mí es una buena ley esta nueva Ley de Medio Ambiente”, indicó.


La Ley, subrayó, propone programas de certificación de edificaciones sustentables; fortalece el fomento a la captación de agua de lluvia; el tratamiento y reutilización de aguas; establece la categoría de cuerpos de agua como Áreas de Valor Ambiental y la clasificación de “Cinturones Verdes” para evitar la expansión de la mancha urbana hacia el suelo de conservación; además de la obligación de las empresas constructoras de destinar el tres por ciento del presupuesto de sus obras para la ejecución de medidas ambientales, y de las Alcaldías de contribuir a la implementación de la estrategia para la conservación y el uso sustentable de la biodiversidad.


Martí Batres mencionó otras reformas legislativas impulsadas en su administración, como la eliminación de la división entre suelo de conservación y suelo rural para dar certidumbre a comunidades de Milpa Alta, Xochimilco, Tláhuac y La Magdalena Contreras; el endurecimiento de las penas para quienes cometen el delito de tala ilegal de árboles; y el establecimiento de un Sistema de Captación de Agua de Lluvia en la Constitución local.


También, se logró la recuperación más grande de hectáreas de suelo de conservación invadidas en la Ciudad de México y del Desierto de los Leones; se realizaron obras de drenaje con impacto ambiental positivo; se fortaleció el Programa de Mejoramiento Barrial, que promueve proyectos con enfoque medioambiental; y se declararon seis nuevas Áreas de Valor Ambiental.


“Impulsamos procesos que ya se venían realizando, sobre todo ciertas obras de impacto ambiental positivo. Una de ellas fue terminar la Planta Seleccionadora de Desechos Sólidos de Gustavo A. Madero, se terminó y la inauguramos. Otra fue terminar la Planta de Energía Solar en la Central de Abasto, la terminamos y la inauguramos. Y otra más fue el culminar las obras de la Planta Trituradora de Cascajo, que está ubicada en Tláhuac y que nos va a ayudar mucho. Hoy por la mañana le pedí a la titular de CORENADR que nos ayude para que en la planta trituradora se procese el cascajo que está en el fondo del lago de San Gregorio, de Xochimilco, ese es un cascajo que se depositó después de los temblores del 85. El objetivo es que nos sirva la planta trituradora para comenzar a sacar todo ese cascajo y convertirlo en losetas”, detalló.


La titular de la SEDEMA, Marina Robles García, informó que la Ley Ambiental de la Ciudad de México, que recoge el intercambio con organizaciones de la sociedad civil, empresarios y otras dependencias capitalinas, garantiza el derecho de sus habitantes a gozar de un ambiente sano, y reconoce a la naturaleza y sus elementos como entes con derechos que deben ser respetados y protegidos.


Se compone de seis títulos, 33 capítulos y 335 artículos, que contemplan disposiciones para la protección, manejo y restauración del suelo de conservación, áreas verdes, áreas de valor ambiental, áreas naturales protegidas, áreas comunitarias de conservación ecológica y cuerpos de agua, biodiversidad, así como el cuidado y aprovechamiento del agua y el suelo.




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