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  • Arturo Mata

SCJN avala sanciones y condenas a ex y miembros de seguridad de la CDMX por extorsiones.

Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró constitucional el aumento en dos terceras partes la pena para los miembros y ex miembros de instituciones de seguridad ciudadana en la capital.

Al resolver la acción de inconstitucionalidad 97/2019 sostuvo que el artículo 236, segundo párrafo, del Código Penal del Distrito Federal (ahora Ciudad de México), no violaba el principio de taxatividad.

Asimismo, los ministros avalaron la destitución, inhabilitación y suspensión de derechos para trabajar en instituciones de seguridad privada cuando éstos, los funcionarios públicos, los ex funcionarios públicos así como cuando los miembros o ex miembros de instituciones de seguridad privada cometan el del ito de extorsión.

Sin embargo, se invalidó la última parte de dicho precepto, en la porción que establecía como sanción la suspensión del derecho para ejercer actividades en corporaciones de seguridad privada. Esto, porque al no contemplar mínimos y máximos (es decir, al tratarse de una sanción fija), violaba el principio de proporcionalidad de las penas.




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