top of page
Elena F.

Necesario establecer sistemas de monitoreo de ruido: Manuel Velasco

Ciudad de México. - A fin de evitar que la contaminación por ruido genere efectos negativos más graves sobre el medio ambiente y la salud pública, el coordinador parlamentario del Partido Verde en el Senado, Manuel Velasco, planteó la necesidad de darle mayor importancia al monitoreo del ruido en el país, de manera análoga a los sistemas de monitoreo de la calidad del aire.

Destacó el legislador ecologista que de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud la contaminación acústica es la segunda causa de enfermedad por motivos medioambientales, por detrás de la contaminación atmosférica.

“El ruido es un contaminante ambiental invisible, poco percibido o reconocido, e incluso llega a ser soslayado. Sin embargo, puede causar daños irreversibles, afectando la salud de más de 120 millones de personas en el mundo y 13 millones en los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), entre los cuales sobresale México, por estar expuestos a sonoridades superiores a 65 decibeles (dB) que revelan contaminación acústica, planteó el legislador en su iniciativa.

Destacó que el ruido ambiental va en aumento en todo el mundo, especialmente en las zonas urbanas, como producto de la sociedad de consumo, siendo generado principalmente por el tráfico vehicular y aéreo, la industria de la construcción, las fábricas, el comercio fijo o ambulante y las actividades recreativas.

Más allá de las molestias que causan los ruidos fuertes, estos pueden afectar negativamente la salud física y mental. Además de que también causan afectaciones a los ecosistemas, ahuyentando a la fauna silvestre y provocando estrés, lo cual reduce su capacidad y frecuencia de alimentación y reproducción, trayendo como consecuencia la disminución de las poblaciones, así como la alteración de las interacciones entre las especies del ecosistema.

Finalmente, celebró que se aprobara su propuesta en el Senado de la República para adicionar un artículo 165 Bis a la Ley General de Equilibrio Protección al Ambiente, a fin de facultar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a expedir las Normas Oficiales Mexicanas para el establecimiento y operación de los sistemas de monitoreo del ruido, los cuales serán establecidos y operados por los gobiernos de las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.



Comments


bottom of page